Facilitar la incorporación de talento investigador consolidado, de reconocido prestigio internacional y que haya desarrollado recientemente un periodo relevante de su actividad profesional en el extranjero, de manera que se promueva el avance hacia un Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación más competitivo a nivel nacional e internacional y, de esta forma, favorecer la circulación de conocimiento y personal investigador excelente, incorporándolo de manera estable, apoyando su carrera y estimulando la generación y consolidación de equipos de investigación de primer nivel.
Serán objeto de ayuda las actuaciones que faciliten la incorporación de manera estable de talento investigador consolidado, en los términos descritos en el artículo 1 de la Resolución de convocatoria. Las actividades financiables incluidas en las actuaciones, a realizar con carácter obligatorio, son:
Conceptos financiables:
Las ayudas podrán financiar hasta el 100 % de los costes marginales solicitados.
La financiación se aplicará a los conceptos de gasto de costes directos e indirectos:
-Costes de contratación del/de la IP.
-Costes de ejecución del proyecto de I+D+i:
Costes de estudios de viabilidad, de diseño detallado, de equipamiento, instrumentación científica avanzada, componentes de elevado contenido tecnológico o proyectos de construcción de infraestructuras para su posterior ubicación y operación en una instalación internacional o nacional.
Costes de uso de bancos de datos, uso y gestión de repositorios de datos de investigación y bibliotecas técnicas relacionados con el proyecto.
Las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España:
e) Otros centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia, que en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, tengan la I+D+i como actividad principal.
Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Trayectoria científico-técnica del/de la investigador/a principal.
b) Novedad, calidad y viabilidad del proyecto
Las actuaciones financiadas serán lideradas por una persona que actuará como IP (investigador principal) y que deberá cumplir los requisitos establecidos en el artículo 6 de la Resolución de convocatoria. Será necesaria la vinculación del/de la IP con la entidad solicitante, a través de una relación laboral, desde la fecha de inicio del periodo de ejecución de la actuación hasta su finalización o hasta la fecha previa a la de cobertura del puesto de trabajo de carácter permanente, si la cobertura se produce antes de la fecha de finalización del periodo de ejecución de la actuación